El TSJC condena a Cáritas de Santander a indemnizar en más de 76.000 euros a un trabajador

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dictado una sentencia en la que condena a la entidad Cáritas Diocesana de Santander al pago de una indemnización de más de 76.000 euros a un trabajador que pidió la extinción de su contrato laboral debido a incumplimiento empresarial grave y acoso laboral.

La sentencia, emitida el 2 de junio por la Sala de lo Social del TSJC y confirmada por el Juzgado de lo Social, ha sido divulgada por UGT con el permiso expreso del trabajador afectado.

El TSJC ha ordenado a Cáritas Diocesana de Santander pagar dos indemnizaciones: una de 66.854 euros por la extinción del contrato debido al incumplimiento grave de la empresa y otra de 10.000 euros por la violación de derechos fundamentales.

La sentencia condena a Cáritas Diocesana de Santander después de verificar los hechos denunciados por el trabajador, que había estado trabajando como educador en el taller ocupacional de la entidad social en La Albericia desde octubre de 2009.

En junio de 2022, Cáritas cambió la jornada laboral del educador, dividiéndola en media jornada en el taller ocupacional y otra media en el departamento de Administración en la sede central de Santander.

En septiembre de 2022, la entidad decidió cerrar el taller ocupacional, lo que provocó que el demandante fuera trasladado a tareas subalternas en Administración y Gestión a jornada completa en la sede central.

La sentencia señala que al trabajador no se le asignaron tareas propias de educador ni se le incluyó en proyectos en los que participaban otros educadores. Además, fue asignado a un puesto en la biblioteca donde estaba solo, sin acceso a teléfono y con un ordenador antiguo, mientras que sus compañeras tenían mejores medios y compartían despacho.

El trabajador, quien afirmó que había sido degradado en sus funciones, sufrido maltrato verbal y aislamiento por parte de la empresa, estuvo de baja por incapacidad temporal desde noviembre de 2022 hasta junio de 2024, con un segundo período en agosto y septiembre de 2024.

En septiembre de 2024, Cáritas notificó al trabajador un cambio en sus condiciones laborales, trasladándolo a un puesto de técnico auxiliar, medida que fue impugnada judicialmente.

El informe del departamento de Psicología del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla confirmó que el trabajador sufrió ansiedad y otros síntomas relacionados con el estrés.

El TSJC ratificó el acoso laboral al trabajador, a pesar de la negativa de Cáritas Diocesana durante el proceso judicial, lo que le otorga una indemnización por despido improcedente según lo establecido en el convenio colectivo.

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