Denegada suspensión de pena de cárcel a trabajadoras de Sierrallana
La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha denegado la suspensión de la pena de prisión solicitada por las cuatro trabajadoras del Hospital de Sierrallana de Torrelavega, condenadas hace dos años por delitos de coacciones contra otros compañeros.
La magistrada argumenta que el hecho de que las trabajadoras continúen en el mismo puesto de trabajo aumenta el riesgo de que las conductas delictivas se repitan, dejando desprotegidas a las posibles víctimas. Tres de las trabajadoras fueron condenadas a cinco años y dos meses de prisión, junto con una multa de 14.400 euros, por seis delitos de coacciones. La cuarta trabajadora fue condenada por cinco delitos de coacciones a tres años y medio de cárcel, con la misma multa.
A pesar de que tres de las condenadas han pagado total o parcialmente la multa, la magistrada ha determinado que no se cumplen los requisitos necesarios para suspender la pena de prisión. Las penas impuestas superan el límite de dos años establecido por el Código Penal para la suspensión, siendo consideradas como relevantes y sustanciales.
La situación se complica al constatar que las trabajadoras siguen desempeñando sus funciones en el mismo servicio donde ocurrieron los hechos, interactuando con algunas de las personas perjudicadas sin que se hayan tomado medidas administrativas al respecto. Esta situación, según la magistrada, aumenta el riesgo de reincidencia delictiva y deja desprotegidas a las víctimas.
En resumen, la magistrada ha concluido que no es aconsejable conceder la suspensión ordinaria de las penas privativas de libertad impuestas, dada la situación actual y el riesgo de repetición de conductas delictivas.
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