El Tribunal Supremo rechaza recurso de hombre condenado por intento de homicidio.

El Tribunal Supremo rechazó el recurso del hombre condenado por intentar matar por estrangulamiento a su mujer y a su hija de 12 años en diciembre de 2021 y confirmó la pena de 16 años por tentativa de asesinato y homicidio y un delito de violencia de género.
El Tribunal Superior, mediante auto dictado el 11 de diciembre, consultado por Europa Press, declara que no procede el recurso interpuesto por la defensa del acusado y confirma así la pena que le impuso la Audiencia Provincial de Cantabria en diciembre de 2023 y que también fue confirmada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en febrero del año pasado.
En el recurso de apelación, el condenado invocó varias violaciones a la ley: por la inclusión de la declaración de la víctima, su esposa, en la fase sumaria; porque no garantizó su derecho a la presunción de inocencia; porque consideró improcedente imputarle el delito de asesinato; y por entender que hubo un error en la valoración de la prueba debido a algunos documentos que se encontraban en prueba.
Se rechazan todos los motivos invocados en el recurso por el condenado, que se encuentra en prisión desde que ocurrieron los hechos, y se confirma la pena de prisión de 16 años dictada por la Audiencia Provincial, que fue quien. . siguió los hechos, y fue confirmado por el TSJC, que desestimó el recurso.
En el caso de incorporar la declaración de la mujer a la fase de instrucción, el Tribunal Supremo demuestra que está justificada no poder declarar en el juicio porque no recordaba los hechos debido a la medicación que tomaba.
«La víctima no se negó a declarar, sino que simplemente indicó que no recordaba lo sucedido debido a la medicación que estaba tomando», y «esto permite leer el sumario», señala el Tribunal Superior.
Respecto a la imputación de incumplimiento de la presunción de inocencia, la defensa del acusado se remite a las declaraciones de los agentes de la Guardia Civil que le detuvieron el día de los hechos y que relataron las «manifestaciones espontáneas» que el acusado realizó en los primeros momentos . , incluyendo «admitir que fue él, que intentó matarlas (a su esposa e hija) y que iba a hacerlo de nuevo porque las cosas no estaban bien».
El Tribunal Supremo rechaza esta alegación y afirma que «considera que las declaraciones realizadas espontáneamente por los internos a los agentes policiales y antes de contar con la adecuada asistencia letrada son material probatorio utilizable» que puede «ser incorporado al testimonio de los agentes», según sea el caso. .
Respecto a la consideración de la imputación indebida del delito de asesinato, que la defensa considera debería haberse calificado de homicidio al no existir traición, el Tribunal señala que el recurso formulado por el artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal requiere la aceptación de la hechos declarados. probado.
Finalmente, en cuanto a la alegación de error en la valoración de la prueba, en la que también solicita las atenuantes de indemnización por daños y dilaciones injustificadas, el Tribunal Supremo la rechaza y recuerda que «los motivos deben invocarse por separado y no resulta fundado». . interponer un recurso con motivos y dentro de ellos “submotivos” que no existen en la articulación de motivos de un recurso”.
CONDENAR
El hombre, que se negó a testificar en su juicio en noviembre de 2023, fue condenado por intento de asesinato por atacar a su esposa por la espalda e intentar estrangularla, e intento de asesinato por intentar acabar con la vida de su hija por el camino que ella acudió para ayudar a su madre.
En ambos casos se considera finalizada la tentativa, ya que de haber continuado con su acción -cosa que no hizo por intervención de ambas mujeres- ambas habrían muerto estranguladas.
El hombre también fue condenado a diez meses de prisión por un delito de violencia de género, pues dos semanas antes de los hechos descritos agarró a su esposa por el cuello hasta hacerla perder el conocimiento.
Además de las penas de prisión, se le prohibió comunicarse o acercarse a su esposa durante diecisiete años y medio, ni a su hija durante quince años. Asimismo, el tribunal le privó de la patria potestad sobre la menor.
Al determinar la pena se aplicó el atenuante de alteración psicológica, ya que el hombre padecía un trastorno de personalidad y un síndrome depresivo, el cual se consideró que había afectado levemente sus facultades intelectuales y volitivas en el momento de los hechos.
También se tuvo en cuenta la concurrencia del agravante de parentesco en los delitos de asesinato y homicidio culposo, en las condiciones en que el imputado sea marido y padre de sus víctimas.
HECHOS COMPROBADOS
Según los hechos probados en la sentencia de la Audiencia Provincial, confirmada por el TSJC y ahora por el Tribunal Supremo, cuando el acusado y su mujer se encontraban en la cocina de la vivienda familiar, el hombre, de repente, sin decir nada antes y sin cualquier motivo o discusión previa, corrió hacia ella desde atrás, quien estaba de espaldas preparando la cena y sin preparación.
“Con la intención de quitarle la vida, la agarró por el cuello con ambas manos, la agarró con fuerza y comenzó a estrangularla, cayendo ambos al suelo sin que él los soltara”.
Ante esta situación, la mujer, «al no poder escapar, comenzó a dar patadas para intentar liberarse de su agresor, llegando incluso a golpear varias veces la puerta del horno de la cocina, rompiéndola en pedazos al impactar».
En ese momento, la hija del matrimonio, que había oído el ruido, entró en la cocina y «se abalanzó sobre su padre para soltarle el cuello a su madre», lo que consiguió.
Luego, el acusado tomó un cuchillo de cocina, lo dejó y caminó hacia su hija. «Tras interceptarla, la agarró por el cuello con ambas manos y la apretó con la intención de asfixiarla y matarla por estrangulamiento».
Entonces la mujer se abalanzó sobre él y consiguió que soltara a su hija, que salió a la terraza y saltó a la terraza del vecino. Salió de su domicilio y se acercó a la terraza del acusado, notando que la madre había abandonado el domicilio y, detrás de ella, el acusado, quien anunció que iba a romper todo.
Cuando la Guardia Civil acudió al lugar, el acusado dijo que había intentado matar a su mujer y a su hija, que iba a intentarlo de nuevo y que tenía que ayudar a su familia.
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